CONDICIONES SERVICIO TRÁMITES DE NACIMIENTO
A continuación puedes leer todas las condiciones y aspectos relacionados con el servicio de trámites de nacimiento que has contratado con nosotros.
Verás que está dividido según hayas tenido gemelos o un solo bebé. Ve directo al que te aplica en tu caso
Responsable de los datos y encargados del tratamiento
Nos tomamos muy en serio la privacidad y confidencialidad de los datos que tratamos, cuya política puedes leer aquí: Política de privacidad
Trámites gemelos / trillizos
DESCRIPCIÓN DEL SERVICIO
El servicio de Trámites de Nacimiento Múltiple está dirigido a familias que han tenido gemelos o trillizos, e incluye la tramitación de los siguientes documentos a los que da lugar el nacimiento de dos bebés:
- Permisos por nacimiento y cuidado del menor de ambos progenitores (antiguas bajas de maternidad y paternidad) 18 semanas para gemelos (19 por trillizos)
- incluye la gestión de las ampliaciones de las bajas por los siguientes motivos
- hospitalización de los recién nacidos por un periodo superior a 7 días tras el nacimiento hasta un máximo de 13 semanas
- Cada bebé que nace con un peso igual o inferior a 1500 gr da derecho a una semana de ampliación para cada progenitor
- Esta ampliación se tramita con posterioridad a la solicitud de las bajas iniciales, una vez los bebés hayan sido dados de alta
- Incluye solicitud de un periodo sucesivo en caso de que alguno de los progenitores decida tomarse su descanso en varios periodos, en lugar de las 18 semanas consecutivas. Los posteriores periodos sucesivos tendrán coste añadido de 10 euros (ver apartado siguiente)
- incluye la gestión de las ampliaciones de las bajas por los siguientes motivos
- Subsidio especial por parto múltiple (6 semanas en caso de gemelos, 12 semanas en caso de trillizos. Consiste únicamente en un pago, no implica aumentar las semanas de disfrute de las bajas)
- Prestación por parto múltiple (4 veces SMI en caso de gemelos, 8 veces SMI en caso de trillizos)
- Alta de los bebés como beneficiarios en la Asistencia Sanitaria (alta en la Seguridad Social)
- Deducción por maternidad IRPF (comúnmente conocida como ayuda a «madre trabajadora») 100 euros mensuales por bebé hasta los 3 años
- Ayudas autonómicas cuando proceda y se haya contratado el pack específico (Andalucía, País Vasco y Madrid)
- Resolución de dudas y acompañamiento a través de WhatsApp
- Subsanación de incidencias derivadas de los trámites, siempre y cuando estas no se hayan producido por una falta de comunicación de datos de la familia u omisión de información importante (en cuyo caso, la subsanación de la incidencia tendría coste añadido de 10€)
SERVICIOS NO INCLUIDOS
El servicio contratado incluye el asesoramiento en materia de prestaciones y ayudas derivadas del nacimiento de gemelos, la resolución de dudas que la familia pueda tener en todo momento, así como el apoyo para realizar solicitudes de otras ayudas o realizar otros trámites que no están incluidos en el párrafo anterior y que a continuación detallamos. Si la familia desea que nosotras realicemos alguno de estos trámites, tendrían un coste añadido que puede abonarse al momento de ser realizado.
El presente servicio excluye específicamente el permiso retribuido de parentalidad de 2 semanas que puede disfrutarse hasta los 8 años (Salvo que se disfrute a continuación de las 18 semanas iniciales, todo seguido en un solo bloque, en cuyo caso sí está incluido). Cada uno de estos tramos tendrá coste añadido (consultar tarifa en el momento en que se quiera disfrutar).
Si deseáis que realicemos alguno de los siguientes trámites, tendría un coste de 10 € por gestión:
- modificación del número de cuenta corriente bancaria
- periodos sucesivos a partir del tercero (si no hay hospitalización) o el cuarto (si hay ampliación por hospitalización)
Si deseáis que realicemos alguno de los siguientes trámites, tendría un coste de 20 € por gestión:
- Ampliación de la prestación por parto múltiple por reconocimiento de la discapacidad de alguno o todos los bebés
- reclamación de revisión de base reguladora de la baja de ma/paternidad cuando haya habido una actualización de bases de cotización con carácter retroactivo
Cualquier otro trámite no especificado en este o en el anterior apartado de descripción del servicio, tendrá un coste dependiente de la complejidad del trámite.
DOCUMENTOS QUE DEBEN REMITIR LAS FAMILIAS
Para poder prestar el servicio, es necesario que los solicitantes remitan, por WhatsApp o a la dirección tramites@embarazogemelar.com la documentación que detallamos a continuación.
Se ha ordenado en dos bloques, ya que la primera se puede ir preparando (y enviando si se desea) durante la gestación (si es que el servicio se hubiera adquirido antes del nacimiento):
- Documentos que pueden ir preparando durante el embarazo:
- Formulario alta cumplimentado y firmado
- Modelos de representación
- Copia del DNI/NIE de ambos progenitores;
- Documentación de la que dispondrán y deben remitir una vez han nacido los bebés
- Registro civil de los bebés que envía el Ministerio de Justicia por email (certificaciones literales de nacimiento);
- En caso de ingreso de los bebés superior a 7 días, justificante hospitalario (o informe de alta), una vez hayan sido dados de alta.
- CERTIFICADO de empadronamiento colectivo con todos los miembros de la unidad familiar (bebés incluidos). El empadronamiento se hace de oficio junto con la inscripción en el registro civil. Es decir, una vez inscritos los bebés, en unas semanas/meses ya aparecen en el padrón y simplemente tenéis que descargaros el certificado colectivo de empadronamiento desde la sede electrónica, si vuestro ayuntamiento lo permite, o ir presencialmente a solicitarlo, en caso contrario. Solo se utiliza para la prestación por parto múltiple, cuyo plazo de solicitud son 5 años. No es urgente presentarlo con la primera documentación, se deja este trámite pendiente y recibiréis recordatorios periódicos para que nos lo remitáis en cuanto sea posible obtenerlo
Es importante resaltar que la celeridad del servicio depende en gran parte del envío en tiempo y forma de la documentación por parte de los padres..
Responsable de los datos y encargados del tratamiento
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CLÁUSULA DE RESPONSABILIDAD Y GESTIÓN DE PLAZOS
1. Responsabilidad sobre la documentación y plazos: Embarazo Gemelar actúa como facilitador y gestor de trámites basándose exclusivamente en la información y documentación aportada por los progenitores. Es responsabilidad única y exclusiva de la familia:
-
La veracidad y vigencia de los documentos aportados.
-
El cumplimiento de los plazos de entrega de la documentación solicitada por nosotras. Para que un trámite sea realizado en tiempo y forma, la documentación deberá obrar en nuestro poder con una antelación mínima de 3 días antes del vencimiento del plazo legal de cualquier trámite.
-
Facilitar la documentación necesaria dentro de los plazos indicados en cada momento por nuestro equipo.
-
Enviar documentación completa, en vigor y sin errores
2. Particularidades de regímenes especiales: Dada la diversidad de situaciones laborales y de previsión social (ej. MUFACE, ISFAS, MUGEJU, colectivos especiales, seguros privados, convenios colectivos específicos), los progenitores son responsables de conocer y comunicarnos las particularidades y plazos específicos de su situación. Embarazo Gemelar no se hace responsable de la pérdida de derechos o prestaciones derivada del desconocimiento de plazos particulares si estos no han sido comunicados previa y correctamente por la familia.
3. Exención de responsabilidad por demora o inacción del cliente: Con carácter general y en todas y cada una de las gestiones que realizamos, Embarazo Gemelar actúa como entidad facilitadora y gestora en la presentación de la documentación. No obstante, la contratación de este servicio no exime a los progenitores de su responsabilidad como interesados directos en el procedimiento. El cliente es el responsable último de realizar el seguimiento de sus propios trámites, así como de la consulta de las notificaciones oficiales y la verificación de los estados de resolución
4. Alcance del servicio: Nuestro servicio consiste en la tramitación y asesoramiento basado en la buena fe. La decisión final sobre la concesión de cualquier prestación corresponde siempre al organismo público competente.
Trámites 1 bebé
DESCRIPCIÓN DEL SERVICIO
El servicio de Trámites de Nacimiento Múltiple está dirigido a familias que han tenido un bebé, e incluye la tramitación de los siguientes documentos a los que da lugar el nacimiento:
- Permisos por nacimiento y cuidado del menor de ambos progenitores (antiguas bajas de maternidad y paternidad) 17 semanas
- incluye la gestión de las ampliaciones de las bajas por los siguientes motivos
- hospitalización del recién nacidos por un periodo superior a 7 días tras el nacimiento hasta un máximo de 13 semanas
- El peso igual o inferior a 1500 gr al nacimiento da derecho a una semana de ampliación para cada progenitor
- Esta ampliación se tramita con posterioridad a la solicitud de las bajas iniciales, una vez el bebé haya sido dado de alta
- Incluye solicitud de un periodo sucesivo en caso de que alguno de los progenitores decida tomarse su descanso en varios periodos, en lugar de las 17 semanas consecutivas. Los posteriores periodos sucesivos tendrán coste añadido de 10 euros (ver apartado siguiente)
- incluye la gestión de las ampliaciones de las bajas por los siguientes motivos
- Alta del bebé como beneficiario en la Asistencia Sanitaria (alta en la Seguridad Social)
- Deducción por maternidad IRPF (comúnmente conocida como ayuda a «madre trabajadora») 100 euros mensuales hasta los 3 años
- Resolución de dudas y acompañamiento a través de WhatsApp
- Subsanación de incidencias derivadas de los trámites, siempre y cuando estas no se hayan producido por una falta de comunicación de datos de la familia u omisión de información importante (en cuyo caso, la subsanación de la incidencia tendría coste añadido de 10€)
SERVICIOS NO INCLUIDOS
El servicio contratado incluye el asesoramiento en materia de prestaciones y ayudas derivadas del nacimiento de tu bebé, la resolución de dudas que la familia pueda tener en todo momento, así como el apoyo para realizar solicitudes de otras ayudas o realizar otros trámites que no están incluidos en el párrafo anterior y que a continuación detallamos. Si la familia desea que nosotras realicemos alguno de estos trámites, tendrían un coste añadido que puede abonarse al momento de ser realizado.
El presente servicio excluye específicamente el permiso retribuido de parentalidad de 2 semanas que puede disfrutarse hasta los 8 años. Cada uno de estos tramos tendrá coste añadido (consultar tarifa en el momento en que se quiera disfrutar).
Si deseáis que realicemos alguno de los siguientes trámites, tendría un coste de 10 € por gestión:
- modificación del número de cuenta corriente bancaria
- periodos sucesivos a partir del tercero (si no hay hospitalización) o el cuarto (si hay ampliación por hospitalización)
Si deseáis que realicemos alguno de los siguientes trámites, tendría un coste de 10 € por gestión:
- modificación del número de cuenta corriente bancaria
- periodos sucesivos a partir del tercero (si no hay hospitalización) o el cuarto (si hay ampliación por hospitalización)
Si deseáis que realicemos alguno de los siguientes trámites, tendría un coste de 20 € por gestión:
- reclamación de revisión de base reguladora de la baja de ma/paternidad cuando haya habido una actualización de bases de cotización con carácter retroactivo
Cualquier otro servicio no incluido en los apartados anteriores tendrá un coste dependiendo de la complejidad del trámite.
DOCUMENTOS QUE DEBEN REMITIR LAS FAMILIAS
Para poder prestar el servicio, es necesario que los solicitantes remitan, por WhatsApp o a la dirección tramites@embarazogemelar.com la documentación que detallamos a continuación.
Se ha ordenado en dos bloques, ya que la primera se puede ir preparando (y enviando si se desea) durante la gestación (si es que el servicio se hubiera adquirido antes del nacimiento):
- Documentos que pueden ir preparando durante el embarazo:
- Formulario alta cumplimentado y firmado
- Modelos de representación
- Copia del DNI/NIE de ambos progenitores;
- Documentación de la que dispondrán y deben remitir una vez han nacido los bebés
- Registro civil de los bebés que envía el Ministerio de Justicia por email (certificaciones literales de nacimiento);
- En caso de ingreso de los bebés superior a 7 días, justificante hospitalario (o informe de alta), una vez hayan sido dados de alta.
Es importante resaltar que la celeridad del servicio depende en gran parte del envío en tiempo y forma de la documentación por parte de los padres.
CLÁUSULA DE RESPONSABILIDAD Y GESTIÓN DE PLAZOS
1. Responsabilidad sobre la documentación y plazos: Embarazo Gemelar actúa como facilitador y gestor de trámites basándose exclusivamente en la información y documentación aportada por los progenitores. Es responsabilidad única y exclusiva de la familia:
-
La veracidad y vigencia de los documentos aportados.
-
El cumplimiento de los plazos de entrega de la documentación solicitada por nosotras. Para que un trámite sea realizado en tiempo y forma, la documentación deberá obrar en nuestro poder con una antelación mínima de 3 días antes del vencimiento del plazo legal de cualquier trámite.
-
Facilitar la documentación necesaria dentro de los plazos indicados en cada momento por nuestro equipo.
-
Enviar documentación completa, en vigor y sin errores
2. Particularidades de regímenes especiales: Dada la diversidad de situaciones laborales y de previsión social (ej. MUFACE, ISFAS, MUGEJU, colectivos especiales, seguros privados, convenios colectivos específicos), los progenitores son responsables de conocer y comunicarnos las particularidades y plazos específicos de su situación. Embarazo Gemelar no se hace responsable de la pérdida de derechos o prestaciones derivada del desconocimiento de plazos particulares si estos no han sido comunicados previa y correctamente por la familia.
3. Exención de responsabilidad por demora o inacción del cliente: Con carácter general y en todas y cada una de las gestiones que realizamos, Embarazo Gemelar actúa como entidad facilitadora y gestora en la presentación de la documentación. No obstante, la contratación de este servicio no exime a los progenitores de su responsabilidad como interesados directos en el procedimiento. El cliente es el responsable último de realizar el seguimiento de sus propios trámites, así como de la consulta de las notificaciones oficiales y la verificación de los estados de resolución
4. Alcance del servicio: Nuestro servicio consiste en la tramitación y asesoramiento basado en la buena fe. La decisión final sobre la concesión de cualquier prestación corresponde siempre al organismo público competente.
