Preguntas frecuentes sobre los trámites
Cobros
QUIÉN ME PAGA CUANDO ESTOY DE BAJA DE MA/PATERNIDAD
Durante tu baja de ma/paternidad, recibirás una prestación del Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS).
El mes en el que das a luz, recibirás nómina de tu empresa desde el día 1 del mes hasta el día anterior al nacimiento.
A partir del día del nacimiento, corresponde al INSS el pago de la prestación por nacimiento y cuidado de menor, que te paga directamente
NO HE RECIBIDO EL PAGO DE MI BAJA DE MA/PATERNIDAD
El primer pago de las bajas de ma/paternidad lo hacen en cualquier momento del mes. Te llegará un sms informando de la aprobación de tu baja de ma/paternidad y en una o dos semanas recibirás el primer pago. A partir del mes siguiente, ya empezarás a cobrar en los últimos días del mes (o primeros del mes siguiente)
DÓNDE PUEDO VER CUÁNTO VOY A COBRAR
Para saber cuánto te van a pagar necesitas tener a mano tu resolución de la prestación por nacimiento y cuidado de menor (la prestación que te pagan durante tu baja). Ahí viene la base reguladora diaria, que es el importe que te pagan por día natural durante tu baja.
Te puedes descargar tu resolución aquí: https://sede.seg-social.gob.es/wps/portal/sede/sede/Inicio/NotificacionesTelematicas




NO ENTIENDO LOS PAGOS QUE ME HAN HECHO
Para el pago de la prestación por nacimiento y cuidado de menor toman la base de cotización del mes inmediatamente anterior al mes previo al parto (si has dado a luz en marzo, por ejemplo, tomarán la base de cotización de enero. Puedes consultar tus bases de cotización aquí).
Y dividen esa base de cotización entre el número de días de aquel mes. El importe diario resultante es la base reguladora que te van a pagar durante toda la vigencia de la prestación, aunque la tomes en varios tramos, o, incluso cambies de trabajo, te van a pagar lo mismo.
Entonces, cada vez que te van a hacer un pago, calculan el número de días que tiene el periodo que te van a pagar, lo multiplican por esa base reguladora diaria que te han aprobado, y obtienen el montante de lo que te van a ingresar.
De tal forma que cada pago que te hacen durante tu baja de ma/paternidad es un importe diferente, por tanto, no funciona exactamente como la nómina de la empresa, en la que te pagan la misma cantidad todos los meses, el mismo día del mes (más o menos).
Cada tramo que solicitas te la pagan por separado, aunque lo hayas disfrutado a continuación del anterior, de forma ininterrumpida, si lo pides en diferentes solicitudes, te lo pagan por separado. Por eso puede pasar que este mes hayas cobrado solamente una parte del mes, porque el nuevo tramo, aunque vaya a continuación, aún no ha sido aprobado.
NO ME HAN PAGADO UN TRAMO (PERIODO SUCESIVO)
En el INSS hacen los pagos regulares los últimos días del mes (o principios del siguiente). Sin embargo, estos pagos los organizan a mediados de mes, de forma que cierran las remesas a mediados. Por tanto, salvo que tu nuevo tramo empezara muy a principios de mes, es difícil que te lo paguen a finales del mes en que lo solicitas. lo habitual es que te paguen al mes siguiente. Asegúrate, en cualquier caso, de que tu empresa presentó correctamente su certificado y las fechas coinciden con las solicitadas por ti (por nosotras).
Ten en cuenta también que cada tramo que solicitas te lo pagan por separado, aunque lo hayas disfrutado a continuación del anterior, de forma ininterrumpida. Si lo pides en diferentes solicitudes, te lo pagan por separado. Por eso puede pasar que este mes hayas cobrado solamente una parte del mes, porque el nuevo tramo, aunque vaya a continuación, aún no ha sido aprobado (o ha sido aprobado pero no les ha dado tiempo a pagarte). Este nuevo tramo te lo pagarán a finales del próximo mes.
* PERIODO SUCESIVO: es un tramo de tu baja de maternidad distinto del primero. Es decir, cuando partes tu baja en más de un tramo, y, por tanto, se hace más de una solicitud de tu baja, cada uno de esos nuevos tramos es lo que en el INSS llaman periodo sucesivo
NO ME HAN PAGADO AÚN LA PRESTACIÓN POR PARTO MÚLTIPLE
Si aún no has recibo el pago de la prestación por parto múltiple (4.736 euros) y han pasado más de 6 meses desde que hicimos la solicitud, avísanos a partir del día 9 de abril y lo reclamamos.
NO ME HAN PAGADO AÚN EL SUBSIDIO DE LAS 6 SEMANAS
Es difícil identificar el pago del subsidio especial de 6 semanas porque cuando te lo pagan, en el concepto de la transferencia no pone nada de subsidio ni 6 semanas, ni nada que pueda ayudarte a identificarlo. Este subsidio está vinculado a tu baja de ma/paternidad (dependiendo de cuál de los dos progenitores lo haya pedido) y cuando te lo pagan, en el concepto de la transferencia pone lo mismo que cuando te ingresan la baja de ma/paternidad.
Puedes sospechar que te lo han pagado porque en un mes recibes más de un pago y por una cantidad más alta de lo habitual, que te hace sospechar, incluso, que se han equivocado y te han pagado dos veces lo mismo…
Es posible saber exactamente el importe del subsidio, pero para ello es necesario tener a mano la resolución de tu baja, y multiplicar la casilla de la base reguladora diaria por 42.
Si aun revisando tu cuenta corriente crees que no te han pagado el subsidio, contáctanos a partir del día 09/04 y lo reclamamos.
¿AFECTAN LAS AYUDAS AL IRPF?
Todas las ayudas y prestaciones, relacionadas con ma/paternidad y cuidados del menor, que tramitamos nosotras, están exentas de IRPF, por tanto, ni te descuentan por este concepto al recibirlas, ni lo harán cuando hagas la declaración de la renta al año siguiente.
Autónomos
ME HAN COBRADO LA CUOTA DE AUTÓNOMO
Durante las semanas que estás de baja de ma/paternidad, no estás exenta/o de pagar cuota de autónomos. Sin embargo, hay una bonificación del 100% en la parte de contingencias comunes (que es el epígrafe que supone mayor carga en tu cuota de autónomo). Por tanto, aunque siempre pagarás algo, la cuota se ve sensiblemente reducida durante tu baja. Si tomas semanas a tiempo parcial (50%), la reducción en la cuota es proporcional.
Muchas veces sucede que ya has empezado a cobrar tu baja de ma/paternidad, y, sin embargo, te han cobrado la cuota íntegra. Te explico por qué puede pasar esto: cuando solicitamos tu baja de ma/paternidad, lo hacemos en el INSS, que es la entidad de la Seguridad Social encargada de pagar prestaciones. El INSS notifica a la Tesorería General de la Seguridad Social (TGSS, que es la entidad de la Seguridad Social encargada de la recaudación) esta situación, y entonces la TGSS procede al ajuste de las cuotas. El problema es que, por un lado, esta comunicación no se hace en el momento en el que solicitamos tu baja, sino en el momento en el que el INSS emite resolución, con lo cual ahí ya hay un decalaje en los tiempos. Y además, la TGSS prepara las remesas de cobro a mediados de mes. Con lo cual, si la comunicación INSS-TGSS se produce en la segunda mitad del mes, ya no las da tiempo a aplicar la bonificación ese mes y te la aplicarán el siguiente.
En todo este proceso que explicamos pueden pasar varias semanas y por eso pueden pasarte una o dos cuotas completas mientras estás de baja, hasta que empiecen a aplicarte la correspondiente bonificación. Si empiezan a aplicarte la bonificación con retraso, te la seguirán aplicando después de reincorporarte, de tal forma que no vas a pagar más de lo que te corresponde.
CUANTO DURA MI BAJA SI SOY AUTÓNOMO
Si eres trabajador por cuenta propia, de alta en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos (RETA) tienes los mismos derechos en lo que a prestaciones se refiere. En caso de gemelos corresponden 20 semanas, de las cuales 18 deben disfrutarse durante el primer año, y las últimas dos puedes disfrutarlas hasta que tus bebés tengan 8 años
¿PUEDO FACTURAR ESTANDO DE BAJA?
Si eres autónomo pero tienes un negocio con empleados a cargo, sí puedes facturar durante tu baja de ma/paternidad. Sin embargo, si no tienes empleados, no puedes facturar mientras estás de baja a tiempo completo.
Por ello, cabe la posibilidad de disfrutar las 6 primeras semanas a tiempo completo, y las 14 restantes al 50%, lo cual te permite poder facturar, y cobrar la mitad de la prestación durante el doble de tiempo. Cada semana que disfrutas a tiempo parcial, cuenta como que has gastado media semana a tiempo completo
¿TENGO DERECHO A PERMISO DE LACTANCIA SI SOY AUTÓNOMO?
El permiso de lactancia es un permiso retribuido que paga la empresa (al igual que, por ejemplo, las vacaciones, o el permiso por matrimonio). Por eso, si eres autónomo, como no hay empresa que pague permisos retribuidos, no tienes permiso de de lactancia.
Permiso de lactancia
CUÁNTO DURA EL PERMISO DE LACTANCIA
El permiso de lactancia es un permiso retribuido de la empresa. Es esta quien paga tu nómina durante este tiempo, por eso se solicita directamente con la empresa. No media ninguna prestación que tengamos que tramitar nosotras.
Hay una normativa básica recogida en el Estatuto de los Trabajadores art 37.4, pero luego cada empresa tiene sus condiciones particulares (que con frecuencia mejoran lo estipulado en la ley) o existe un convenio colectivo que recoge particularidades al respecto.
Por eso quien os dirá cuánto corresponde de lactancia es vuestra empresa. Aquí explicamos https://youtu.be/suYuHN-EUO0?si=Tcg-9NKuv9199r0u
PUEDEN DISFRUTAR EL PERMISO DE LACTANCIA AMBOS PROGENITORES
Sí. El permiso de lactancia es un permiso individual de cada trabajador. Por tanto, ambos progenitores tienen derecho.
¿EL PERMISO DE LACTANCIA ES DOBLE EN CASO DE GEMELOS?
Cuando se disfruta como permiso diario, la normativa (artículo 37.4 del Estatuto de los Trabajadores) es clara: el permiso de lactancia es proporcional al número de hijos nacidos en el mismo parto.
Cuando el permiso de lactancia se disfruta acumulado, la norma no es clara, pero la jurisprudencia más reciente sí lo es: cuando se disfruta acumulado, también debe ser proporcional al número de hijos nacidos en el parto.
Por tanto, si es tu deseo disfrutar el permiso de lactancia acumulado en jornadas completas, en tu empresa deberían darte el doble de lo que dan a un trabajador/a de tu empresa que tiene un solo hijo. Si te lo niegan, puedes enviarles esta sentencia: https://embarazogemelar.com/wp-content/uploads/2024/11/Sentencia-CGPJ-LACTANCIA-MULTIPLE.pdf
Y si aun así te lo niegan, no te quedaría otra alternativa que demandar, pero esperamos que no sea necesario.
¿QUIÉN TRAMITA EL PERMISO DE LACTANCIA? ¿CÓMO SE PIDE?
Al tratarse de un permiso retribuido de la empresa, debéis solicitárselo a la empresa, con al menos 15 días de antelación respecto a la fecha de inicio del mismo, y siguiendo las indicaciones de la empresa, ya que cada organización tiene su normativa interna al respecto
EN CASO DE FAMILIA MONOPARENTAL, ¿CORRESPONDE EL DOBLE DE PERMISO DE LACTANCIA?
No, en caso de familia monoparental, no corresponde el disfrute del permiso de lactancia del otro progenitor.
Duración de los permisos/bajas
CUÁNTO DURA MI BAJA DE MA/PATERNIDAD SI TENGO GEMELOS
Cuando hablamos de baja de ma/paternidad, nos referimos al permiso por nacimiento y cuidado de menor. El permiso de lactancia va aparte de lo que te vamos a explicar en este epígrafe (hay un apartado específico de preguntas sobre el permiso de lactancia que te recomendamos revises).
El permiso por nacimiento y cuidado de menor, en caso de gemelos, tiene la siguiente duración para cada progenitor (no se pueden ceder semanas entre uno y otro)
+18 semanas que debes disfrutar dentro de los primeros 12 meses
+2 semanas que puedes disfrutar hasta los 8 años
= En total, 20 semanas
Esto es así desde julio de 2025, tras el RDL 9/2025 de 29 de julio, es decir, es muy reciente, y por eso es posible que en tu empresa se líen un poco con esto y te digan algo diferente. Pero son 20 semanas en total. A esto hay que añadir si hay la posible ampliación en caso de hospitalización de los bebés o bajo peso al nacimiento, que explicamos en otro punto
LAS 2 SEMANAS HASTA LOS 8 AÑOS, ¿SON POR BEBÉ?
No, en caso de parto múltiple, NO son por bebé. Estas dos semanas forman parte del permiso por nacimiento y cuidado de menor, cuyo hecho causante es el parto (y no el número de bebés nacidos en el mismo parto).
Por tanto, en caso de gemelos o trillizos, estas 2 semanas hasta los 8 años no se ven aumentadas proporcionalmente, son solo 2 semanas, al igual que cuando tienes un bebé.
En caso de familia monoparental sí son cuatro semanas, pero porque la mamá disfruta de sus dos semanas y de las del otro progenitor.
SI MIS BEBÉS SON PREMATUROS, ¿CUÁNTO DURA MI BAJA?
En caso de que alguno de tus bebés (o ambos) estén hospitalizados tras el nacimiento más de 7 días, corresponde ampliación de vuestros permisos de ma/paternidad por una duración equivalente al número de días que hayan estado hospitalizados, hasta un máximo de 13 semanas. No se duplica en caso de gemelos. Se tendrá en cuenta la duración de la hospitalización del bebé que haya estado más tiempo hospitalizado.
Además, por cada bebé que nazca con un peso igual o inferior a 1.500 gramos, corresponde ampliación en una semana para cada progenitor por cada bebé que nazca con este peso. Es decir, si ambos bebés nacen con peso igual o inferior a 1.500 gramos, tendréis dos semanas más de ampliación de vuestras bajas. Esto es porque porque el bajo peso al nacimiento se asimila a discapacidad, y por discapacidad de hijo hay una ampliación de una semana para cada progenitor.
Estas ampliaciones se disfrutan en último lugar. Es decir, desde el día del nacimiento empieza a disfrutarse la baja ordinaria, y una vez gastadas las primeras 18 semanas (caso de habérselas cogido partidas) o de las 20 totales (caso de haber cogido las 20 seguidas) se solicitarán los días de la hospitalización/bajo peso.
CUÁNTO DURA EL PERMISO DE LACTANCIA
El permiso de lactancia es un permiso retribuido de la empresa. Es esta quien paga tu nómina durante este tiempo, por eso se solicita directamente con la empresa. No media ninguna prestación que tengamos que tramitar nosotras.
Hay una normativa básica recogida en el Estatuto de los Trabajadores art 37.4, pero luego cada empresa tiene sus condiciones particulares (que con frecuencia mejoran lo estipulado en la ley) o existe un convenio colectivo que recoge particularidades al respecto.
Por eso quien os dirá cuánto corresponde de lactancia es vuestra empresa. Aquí explicamos https://youtu.be/suYuHN-EUO0?si=Tcg-9NKuv9199r0u
EN CASO DE FAMILIA MONOPARENTAL, ¿CUÁNTO DURA MI BAJA?
En caso de familia monoparental con gemelos, la duración total del permiso son 34 semanas
